Reúne los rescriptos desde Adriano hasta Diocleciano.
Recoge respuestas del Emperador Diocleciano de los años 293 y 294.
Recoge las Leyes de Constantino y sus sucesores hasta Teodosio II.
El aforismo “cogitationis poenam nemo patitur” se considera un principio fundamental del Derecho penal y significa que no se pueden castigar los meros pensamientos.
La traducción literal de la expresión “cogitationis poenam nemo patitur” es: “Nadie sufre castigo por pensar” o lo que es lo mismo “Nadie debe ser castigado por sus pensamientos”.
Parentesco natural nacido en virtud de vínculos sanguíneos.
Previo conocimiento de una causa que realiza el Pretor para conceder o denegar una acción, dar la posesión de los bienes o para evitar cualquier clase de perjuicio.
Procedimiento civil romano, en principio extraordinario, que se utilizó durante el Bajo imperio y que a partir del s. III se consideró ordinario.
Se caracteriza por realizarse en una sola fase y por la posibilidad de apelar.
Colación. El término genérico de colación hace referencia a las aportaciones de los bienes del heredero a la masa común de la herencia con la finalidad de evitar situaciones de manifiesta desigualdad en relación con los otros herederos.
Convenio a través del cual se pretende alcanzar cierto provecho a costa de un tercero, valiéndose de medios fraudulentos.
Mezcla de dos cosas sólidas que estaban en el patrimonio de varios propietarios produciéndose una situación de indivisión.