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Aforismos y Latinismos Jurídicos
Tria Iuris Praecepta: honeste vivere, alterum non laedere et suum cuique tribuere
Tres son los preceptos del Derecho: vivir honestamente, no dañar al prójimo y dar a cada uno lo suyo.
Tutoris praecipuum officium est, ne indefensum pupilum relinquat
Es principal deber del tutor no dejar indefenso al pupilo.
Ubi
Dónde. Donde. Adonde. De donde. Ubi eadem ratio, ibi eadem legis dispositio Donde existe la misma razón debe ser igual la disposición de la ley. Ubi lex non distinguit, nec nos distinguere debemus Donde la ley no distingue, no debe distinguirse.
Ultima Ratio
La traducción literal de “ultima ratio” es “última razón” o “último argumento”. El Derecho Penal solo se aplica cuando los demás sectores del Ordenamiento Jurídico no son suficientes para proteger el supuesto.
Ultra
Más allá. Más allá de. Ultra petita Más de lo pedido. Concesión excesiva que hace el juez visto lo pedido por las partes. Ultra vires Abuso de poder. Exceso en el uso de las atribuciones o poderes conferidos.
Universitas
Universalidad. Tipos: bonorum, facti, iuris, personarum, rerum. Universitas personarum Corporación. Asociación de personas. Universitas rerum Conjunto de bienes. Fundación.
Unomquodque Dissoluitur Eo Modo Quum Colligatum Est
Cada cosa se disuelve del mismo modo como se ligó.
Urbi et Orbi
A la ciudad y al mundo. A los cuatro vientos. A todo el mundo.
Usucapio
Usucapión. La usucapión es la adquisición del dominio por la posesión continuada durante uno o dos años: un año para las cosas muebles, dos para las inmuebles. La usucapión puede definirse como un modo de derecho civil de adquirir la propiedad o dominio sobre las cosas muebles o inmuebles mediante la posesión civil de buena fe continuada e ininterrumpida durante los plazos de uno y dos años respectivamente.
Usucapio Libertatis
Extinción de servidumbres por usucapión. Usucapión de la libertad. Causa requerida, además del no uso, para la extinción de la servidumbre predial urbana, consistente en un comportamiento contrario a la servidumbre del dueño del fundo sirviente.
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