La cautividad del ciudadano romano con ocasión de una guerra implicaba la pérdida de su condición de hombre libre, romano y paterfamilias (capitis deminutio maxima).
Si el cautivo regresaba a suelo romano, borraba, en virtud del “ius postliminii”, su cautividad y recobraba la misma situación jurídica de la que disfrutaba antes de ser hecho prisionero, con excepción de determinadas situaciones, como la de esposo de su mujer o la de poseedor, pues el ex cautivo recupera derechos pero no los hechos.