Juristas y filósofos del Derecho

Norberto Bobbio (1909 - 2004)

Jurista, filósofo y politólogo italiano. Uno de los más eminentes pensadores de los últimos tiempos.

Polibio (.200 a. C. - 118 a. C.)

Es uno de los historiadores griegos más importantes porque es el primero que escribe una historia universal. Su propósito central es explicar cómo pudo imponerse la hegemonía romana en la cuenca del Mediterráneo. Es el historiador antiguo que más ha escrito sobre la historia, es el que hace más Teoría de la Historia. Sus apreciaciones políticas son consideradas aún hoy en día siendo material de estudio en diversas disciplinas como la Ciencia Política o las Relaciones Internacionales.

Licurgo (700 a. C.?–630 a. C.)

Legendario legislador de Esparta, el cual estableció la reforma militarista de la sociedad espartana de acuerdo con el Oráculo de Delfos. Todas las leyes y la constitución de Esparta se atribuyen a Licurgo. Según la tradición, fue de estirpe real y regente de Esparta..

Marcus Tullius Cicero (106 a. C. - 43 a. C.)

Fue un jurista, político, filósofo, escritor y orador romano. Es considerado uno de los más grandes retóricos y estilistas de la prosa en latín de la República romana.

Juan Bodino (Jean Bodin, 1529- 1596)

Fue un destacado intelectual francés que desarrolló sus ideas en los campos de la filosofía, el derecho, la ciencia política y la economía. Sus aportes a la teoría del Estado, en particular mediante el concepto de soberanía, han sido de gran importancia para la modernidad y conservan en gran medida valor. Hay una monarquía tiránica, en la que el rey gobierna sin tener en cuenta las leyes naturales, y la monarquía no tiránica en la que los reyes obedecen las leyes de la naturaleza y los súbditos las leyes del rey. Ese tipo de monarquía es el ideal para Bodin. El Rey debe tener todo el poder en sus manos (absolutismo) y todo debe de estar bajo el soberano, quien no se equivoca. Todos deben obedecerle (absolutismo) Además, el Rey es el Estado.

CHARLES LOUIS DE SECONDAT, Señor de la Brède y Barón de Montesquieu (1689-1755)

Fue un cronista y pensador político francés que vivió en la Ilustración. Uno de los filósofos y ensayistas ilustrados más relevantes en especial por la articulación de la teoría de la separación de poderes, que se da por descontado en los debates modernos sobre los gobiernos, y ha sido implementado en muchas constituciones a lo largo del mundo. Como difusor de la Constitución inglesa y teórico de la separación de poderes se encuentra muy cercano al pensamiento de Locke, en tanto que como autor de las Cartas Persas podría situarse próximo a Saint-Simon..

JOHN LOCKE (1632- 1704)

Pensador inglés considerado como el padre del empirismo y del liberalismo. Propone que la soberanía emana del pueblo, que la propiedad privada es el derecho básico, anterior a la constitución de los estados, y que el Estado tiene como misión principal proteger ese derecho, así como las libertades individuales de los ciudadanos. También sostiene que el gobierno debe estar constituido por un parlamento y que, anticipándose a Montesquieu, el poder legislativo y el ejecutivo han de estar separados. Así, el rey está sometido a las leyes.

Thomas Paine (1737-1809)

Fue un político y publicista estadounidense de origen inglés. Promotor del liberalismo y de la democracia.

FERDINAND LASSALLE (1825—1864)

Fue un jurista germano-judío y activista político socialista..

HANS KELSEN (1881-1973)

Fue un jurista, filósofo y político austriaco.

Profesor de Filosofía del Derecho en la Universidad de Viena desde 1917. En 1929, obtuvo una cátedra en la Universidad de Colonia, pero la ascensión del nazismo le llevó a dejar Alemania (1933).

Kelsen defendió una visión iuspositivista que él llamó teoría pura del Derecho: un análisis del Derecho como un fenómeno autónomo de consideraciones ideológicas o morales, del cual excluyó cualquier idea de derecho natural.

Su concepción de la democracia como técnica participativa de elaboración del derecho le convierte en uno de los principales teóricos de la democracia del siglo XX.

CARL SCHMITT (1888 - 1985)

Jurista del Estado alemán, adscrito a la escuela del llamado Realismo político. Escribió centrado en el conflicto social como objeto de estudio de la ciencia política, y más concretamente la guerra.

Su obra atraviesa los avatares políticos de su país y de Europa a lo largo del siglo XX. Como Heidegger militó en el Partido Nacionalsocialista de los Trabajadores alemanes, pero las amenazas de la S.S., que le consideraba un advenedizo, le apartaron del primer plano de la vida pública. Como a Maquiavelo, le ha perseguido una reputación legendaria.

Kart Loewenstein (1891-1973)

Filósofo alemán, considerado uno de los padres del constitucionalismo moderno. Su investigaciones sobre las constituciones han tenido un gran impacto en Iberoamérica. Estudió en Munich, pero se exilió a EE UU con la llegada del régimen nazi a Alemania. En los EE UU realizó su mayor labor doctrinaria.

JAVIER PÉREZ ROYO

Catedrático de derecho constitucional de la Universidad de Sevilla.

Para adaptar la Constitución al Tratado de Maastrich de 1992 se modificó el citado apartado quedando de la siguiente manera: “Solamente los españoles serán titulares de los derechos reconocidos en el artículo 23, salvo lo que, atendiendo a criterios de reciprocidad, pueda establecerse por tratado o ley para el derecho de sufragio activo y pasivo en las elecciones municipales.” Antes el derecho de sufragio considerado era únicamente el activo. El art. 13 está en el capítulo I del Título I. La alternativa era haber modificado el art. 23.1 “Los ciudadanos tiene el derecho a participar en los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes, libremente elegidos en elecciones periódicas por sufragio universal”, que está en la sección 1.ª del Capítulo II y hubiera necesitado del procedimiento agravado del art. 168.

GEORG JELLINEK (1851-1911)

Jurista y teórico alemán. En sus obras sobre Filosofía del Derecho y ciencia jurídica sostiene que la soberanía recae en el Estado y no en la nación, tal como expone en “Teoría General del Estado” de los partidos políticos sobre “sus” parlamentarios, prohibido por la Constitución.

Thomas Jefferson (1743 –1826)

Fue el tercer presidente de los Estados Unidos, el autor principal de la Declaración de Independencia (1776), y uno de los Padres Fundadores más influyentes por su promoción de los ideales del republicanismo en los Estados Unidos. Los principales eventos durante su presidencia incluyen la Compra de Luisiana (1803).

ALEXANDER HAMILTON (1757-1804)

Economista, político, escritor, abogado y soldado estadounidense. Participo en la Guerra de la Independencia junto con G. WASHINGTON, y tomó parte en la redacción de la Constitución.

Naujoël
Naujoël
Desarrollador web y Abogado

Jurista vocacional, humilde jugador de ajedrez y eterno aprendiz de piano. Fundó Juspedia para compartir sus apuntes de Derecho.

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