Guía jurídica de los avales
Si estás pensando en firmar un aval te habrán surgido algunas dudas, como por ejemplo, ¿cuándo y cómo se utiliza un aval? ¿en qué casos es necesario un aval? ¿en qué se diferencia el aval de un preaval y una línea de avales? etc.
En esta guía veremos la forma correcta de aceptar un aval, así como los derechos y obligaciones que asumen avalista y avalado, entre otras cosas.
¿Qué es un aval?
Un aval es una forma de garantizar o asegurar el cumplimiento de obligaciones económicas.
Es necesario cuando el titular de un crédito no ofrece suficiente garantía de poder devolverlo y requiere que otra persona o entidad bancaria responda por su deuda en caso de que no pagara el crédito.
Los avales son un contrato público y, por tanto, se firman ante notario.
Cualquier persona puede avalar a otra, pero las entidades de crédito son las que están más capacitadas para prestar avales.
¿Qué tipos de avales existen?
El Banco de España establece los siguientes tipos de avales:
- Económico:
- La entidad de crédito avala a un cliente en operaciones por las que está obligado a pagar una determinada cantidad en un plazo previamente fijado.
- Dentro de este tipo se distinguen:
- los avales comerciales, cuando se avala el pago de cantidades derivadas de transacciones de naturaleza comercial como puede ser la compra a plazos de un coche.
- Y los avales financieros, la entidad responde del pago de créditos o préstamos concedidos por otras entidades de crédito a su cliente.
- Técnico:
- Es la entidad de crédito la que responde si su cliente incumple los compromisos que tiene al participar en concursos, subastas, ejecuciones de obras o contratos de suministro, por lo general ante un organismo público.
¿Cuándo y cómo se utiliza un aval?
Durante el periodo de duración del aval, el beneficiario puede hacer uso del mismo presentándolo al banco emisor si la persona que es avalada incumple las obligaciones de pago.
El banco comprobará la reclamación del beneficiario y si se ajusta a lo que estipula el aval pagará el importe avalado.
El banco acreedor puede hacer efectivo el aval cuando el deudor no ha pagado una cuota o letra.
Estos impagos además, están penalizados, normalmente se aplican 5 puntos por encima del tipo de interés pactado para el préstamo.
Para ejecutar el aval, primero, tiene que enviar una carta al deudor notificándole el impago. Si el titular no responde a esta carta, el banco se pondrá en contacto telefónico para pedirle explicaciones pero si tampoco obtiene respuesta entonces informará al avalista para ejecutar el aval.
Si el contrato de aval tiene incluida la cláusula de ejecución al primer requerimiento, el aval puede ser ejecutado a requerimiento del dueño con sólo llevarlo al banco. Si no existe esa cláusula debe ser justificado el impago.
¿En qué casos es necesario un aval?
Los avales se utilizan normalmente para garantizar la concesión de créditos hipotecarios y de consumo.
Y en el caso del alquiler de viviendas, muchos propietarios solicitan al inquilino un aval bancario para asegurarse el cobro del alquiler.
La ley admite que se pidan garantías adicionales a la fianza; lo de la obligatoriedad depende de lo que acuerden las partes y lo que se establezca en el contrato.
¿Qué pasos hay que seguir para tramitar un aval?
En primer lugar, a la hora de pedir un aval, la entidad financiera exige un estudio completo de la situación patrimonial y la solvencia económica del solicitante.
Además, debe saber que el proceso de aprobación del aval está gravado con una serie de comisiones bancarias, en las que rige lo pactado entre la entidad y el cliente.
Es conveniente saber que el principio general que dice que las tarifas de comisiones bancarias publicadas por las entidades son las máximas que se pueden percibir de los clientes, no rige en el caso de los avales.
En este caso las tarifas son orientativas. A continuación las comisiones se cobran en tres gestiones:
-
Estudio de la operación, que es un porcentaje sobre el importe solicitado, con un mínimo por operación.
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Apertura del aval, un porcentaje sobre la cuantía del aval con un mínimo.
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El riesgo, se fija como un porcentaje del importe del aval pero depende de factores como el plazo y el tipo de aval o el riesgo que la entidad asume. Esta comisión tiene un carácter periódico y se cobra generalmente cada trimestre.
¿Tiene un periodo de vigencia?
En realidad el periodo de vigencia del aval es el mismo que el del crédito del que responde salvo que se pacte su duración por un tiempo concreto o por una parte de la deuda.
Es decir, que se puede pedir un aval para garantizar todo un préstamo o parte del mismo, tanto en los avales personales como en los bancarios.
El avalista, por lo tanto, debe saber el plazo de duración del préstamo porque cuando finalice éste o se pague la totalidad de la deuda quedará libre de su compromiso.
Finalizado el periodo de vigencia del aval, el avalista pedirá la anulación del mismo a la entidad financiera, de forma clara y expresa.
¿Qué pasa cuando el avalado no paga la deuda?
Por ley, la entidad está obligada a respetar los plazos para ejecutar el aval en caso de que el deudor haya dejado de pagar la deuda.
Normalmente el plazo es de tres meses aunque depende de cada caso.
Transcurrido este plazo, el avalista tiene que pagar al banco las cantidades debidas por el titular del préstamo, las penalizaciones y los gastos derivados del contencioso.
¿Existe algún modo de garantizar el cobro de la deuda a la persona que se avala?
Una vez que el avalista ha pagado la deuda se convierte en acreedor del avalado, es decir, que puede emprender acciones legales contra él para cobrar el importe de la deuda que ha satisfecho con el aval.
La contragarantía es un documento público firmado ante notario, por el que el titular del préstamo se compromete a abonar al avalista la deuda que ha contraído con él.
La existencia de este documento es fundamental para el caso de tener que recurrir a los tribunales porque ya no tendrá que demostrar la deuda que le debe el deudor al avalista.
¿En qué se diferencia el aval de un preaval y una línea de avales?
Un preaval es un documento en el que la entidad de crédito manifiesta su disposición favorable o su compromiso en firme a conceder un aval a la persona que lo solicita.
Con la línea de avales la entidad se compromete a dar avales de unas determinadas características hasta un límite determinado, que se van firmando según las necesidades.