Las pensiones por Incapacidad Permanente pueden ser de naturaleza contributiva o no contributiva, según el inválido hubiera cotizado a la Seguridad Social durante el tiempo previsto o no. La función que cumplen estas prestaciones también varía en cada caso. Mientras el brazo contributivo del Sistema de Seguridad Social se caracteriza por una marcada nota de profesionalidad, que determina la propia finalidad de la prestación, el brazo no contributivo o universal garantiza un mínimo de ingresos a quienes se encuentran en una situación de necesidad real de ausencia de rentas. De ahí que el importe de la prestación dependa del tipo de prestación, de los años cotizados y del grado de incapacidad reconocido.