La petición de decisión prejudicial tiene por objeto la interpretación del artículo 5, número 1, b), primer guión, del Reglamento (CE) 44/2001 del Consejo, de 22 de diciembre de 2000, relativo a la competencia judicial, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil (DO 2001, L 12, p. 1; en lo sucesivo, «Reglamento»). Dicha petición fue presentada en el marco de un litigio entre Electrosteel Europe SA (en lo sucesivo, «Electrosteel»), con domicilio social en Arles (Francia) y Edil Centro SpA (en lo sucesivo, «Edil Centro»), con domicilio social en Piovene Rocchette (Italia), por la ejecución de un contrato de venta de mercancías.