Secretario Estado

Órgano intermedio entre el Ministro y el Subsecretario.

Como aquéllos, los Secretarios de Estado pueden asistir -aunque con voz pero sin voto- a las reuniones del Consejo de Ministros y de las Comisiones Delegadas, para informar cuando sean convocados.

Órgano superior de la Administración General del Estado, directamente responsables de la ejecución de la acción del Gobierno en un sector de actividad específica de un Departamento o de la Presidencia del Gobierno; actúan bajo la dirección del titular del Departamento al que pertenezcan.

Vid. art. 7 LG 50/1997.

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