Restitutio in Integrum
Cumplimiento de una obligación cuya prestación consiste en la reparación del agravio como si la infracción no hubiera tenido lugar.
En Derecho Romano, íntegra restitución. Reintegración a un estado jurídico anterior, consistente en una resolución del magistrado en virtud de la cual declaraba no reconocer los efectos de un acto o hecho jurídico.
Declaración de un acto jurídico como no válido con la consiguiente reintegración -por orden de un magistrado- por diversas razones: por la edad, por dolo, por miedo…