Principio de Legalidad
Significa que sólo por ley se pueden tipificar delitos.
El sistema penal español ha de cumplir con el carácter formal y material del principio de legalidad.
Carácter formal:
- Garantía criminal: no es delito si no hay ley previa.
- Garantía penal: no hay pena si no estaba en una ley previa.
- Garantía jurisdiccional: no hay pena si no hay sentencia.
- Garantía ejecutiva: solo se ejecuta la pena en la forma prescrita por ley.
Carácter material:
- Taxatividad o tipicidad: las figuras delictivas serán precisas. Y las penas y MS no se establecerán por marcos.
- Prohibición de la analogía desfavorable.
- Irretroactividad de la ley penal desfavorable: TS: “se refiere sólo a la ley penal desfavorable y no a la jurisprudencia”.