Principio de Competencia

Es un principio de ordenación de las normas jurídicas complementario del principio de jerarquía.

Consiste en asignar a determinados tipos de normas la regulación de ciertas materias, de modo que la norma de que se trate es la única que puede regular una materia, y además sólo puede ocuparse de ellas. La ordenación en este caso es horizontal, entre normas que se sitúan en el mismo nivel jerárquico. Este principio exige un deber de respeto recíproco entre normas cuyos ámbitos materiales de validez no coinciden.

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