Órgano Colegiado
Se caracteriza porque su titularidad corresponde a un conjunto de personas físicas.
La voluntad del órgano colegiado se forma por el concurso de la voluntad de esa diversidad de miembros.
Se caracteriza porque su titularidad corresponde a un conjunto de personas físicas.
La voluntad del órgano colegiado se forma por el concurso de la voluntad de esa diversidad de miembros.