Objeción al Servicio Militar

Es la objeción que con mayor frecuencia se ha visto reconocida en los ordenamientos civiles, y supone la negativa a realizar servicios militares, en cuanto se les considera incompatibles con el rechazo a toda forma de violencia propio de algunas confesiones religiosas.

En España es la única objeción expresamente recogida en la Constitución vigente, si bien en la actualidad carece de eficacia al encontrarse en suspenso la obligatoriedad constitucional de aquel servicio.

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