Mayoría de Edad
Momento de incorporación de los ciudadanos a la plenitud de la vida jurídica alcanzando la plena capacidad de obrar.
Los españoles son mayores de edad a los dieciocho años.
Vid. art. 12 CE.
Momento de incorporación de los ciudadanos a la plenitud de la vida jurídica alcanzando la plena capacidad de obrar.
Los españoles son mayores de edad a los dieciocho años.
Vid. art. 12 CE.