Mancomunidad
Cuando se trata de una obligación divisible, se entiende fraccionada en cuotas ideales. El acreedor parciario sólo puede exigir su parte de crédito y el deudor parciario sólo debe pagar su parte de la deuda.
Cuando se trata de una obligación divisible, se entiende fraccionada en cuotas ideales. El acreedor parciario sólo puede exigir su parte de crédito y el deudor parciario sólo debe pagar su parte de la deuda.