Límites del Derecho Fundamental

Los derechos fundamentales están limitados por los derechos y libertades de los demás y la seguridad, salud y moralidad públicas.

Sólo pueden ser límites al ejercicio del derecho, no al derecho en sí; deben ser interpretados restrictivamente y están constituidos por la referencia constitucional al “orden público protegido por la ley”.

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