Límites del Derecho Fundamental
Los derechos fundamentales están limitados por los derechos y libertades de los demás y la seguridad, salud y moralidad públicas.
Sólo pueden ser límites al ejercicio del derecho, no al derecho en sí; deben ser interpretados restrictivamente y están constituidos por la referencia constitucional al “orden público protegido por la ley”.