Ley Ordinaria
Forma ordinaria de traslación jurídica de la voluntad popular a través de una norma general aprobada por el Parlamento.
Se aprueban por el procedimiento habitual y por mayoría simple.
La ley ordinaria es el tipo ordinario de ley, la que responde a la definición clásica general: es la norma de carácter general y abstracto aprobada por las Cortes Generales a través del procedimiento legislativo. Así pues, se define desde un punto de vista básicamente formal.
Materialmente, las leyes ordinarias se definen por exclusión: toda materia que no esté reservada a un tipo concreto de norma puede regularse por ley ordinaria.