Fructus
Rendimiento que produce una cosa.
Clases
Según su naturaleza:
- frutos naturales. Productos que se originan por un proceso natural, como las crías de animales, las cosechas, etc.
- frutos civiles. Productos obtenidos por arrendamientos o cesión temporal de las cosas. Así, “las rentas de las cosas arrendadas se equiparan a los frutos” (Ulpiano, 21 Sab. D. 30.39.1). No se consideran frutos los intereses del capital prestado: “El interés que cobramos del dinero no es fruto, pues no proviene del mismo dinero, sino de otra causa, esto es, de la nueva obligación (que nace del préstamo)”.
Según su situación respecto a la cosa madre:
- fructus pendentes. Productos que aún están unidos a la cosa madre.
- fructus extantes. Productos separados de la cosa madre, que están en el patrimonio de quien los recogió.
- fructus percepti. Frutos recogidos. Se trata de aquellos frutos recogidos por personas distintas del propietario, pero que tienen derecho a la recogida de los mismos o percepción (perceptio), como son el vectigalista y el usufructuario.
- fructus consumpti. Frutos ya consumidos.
- fructus percipiendi. Frutos o productos que debieron recogerse y no se recogieron.