Exoneración de Responsabilidad
Circunstancia derivada de que en ciertos supuestos excepcionales la conducta del sujeto de Derecho internacional no incurre en ilicitud, lo cual excluye a su vez la responsabilidad internacional.
Circunstancia derivada de que en ciertos supuestos excepcionales la conducta del sujeto de Derecho internacional no incurre en ilicitud, lo cual excluye a su vez la responsabilidad internacional.