Exceptio

Excepción. Parte de la fórmula que opone el demandado a las pretensiones del demandante contrarrestando la “intentio” a través de una serie de alegaciones a su favor.

Formas: doli, in personam, in rem, iusti domini, pacti conventi, quod metus causa, rei iudicate vel iudicium deductae, rei traditae et venditae.

  • exceptio non rite adimpleti contractus:

    • Aplicable en los supuestos de incumplimiento inexacto o defectuoso de las obligaciones; es preciso que el incumplimiento revista cierta gravedad.
  • exceptio veritatis:

    • Consiste en la demostración de la veracidad del hecho o del juicio de valor afirmado.
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