Enfermedad Profesional

Se considera enfermedad profesional a aquella enfermedad que se contrae en el trabajo y que, además, cumple los requisitos establecidos en el Real Decreto 1299/2006 en cuanto a las características de la enfermedad y del puesto de trabajo. Es decir, una misma enfermedad puede ser declarada profesional o no en función del puesto de trabajo que ocupe el individuo.

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