Dies Cedens
Expresión -cede el día- utilizada por los juristas para indicar cuándo se inicia la expectativa del legatario, adquirida desde el momento de la muerte del testador o de la apertura del testamento.
A partir de este día el legatario está seguro de adquirir el legado (Ulpiano, 20 Sab. D. 36.2.7.1).
Este día, que originariamente coincidía con la muerte del testador, fue trasladado por las leyes caducarias de Augusto a la apertura del testamento y de nuevo referido al tiempo de la muerte por Justiniano.
Este momento del dies cedens servía de tiempo de referencia para determinar el nacimiento de la expectativa de adquirir el legado para el beneficiado y sus herederos.