Corpus Iuris Civilis
Así se denomina desde el siglo XV a toda la labor legislativa justinianea.
En el mismo se recogen, por vez primera, las cuatro partes que, hasta entonces se habían trasmitido de forma particularizada y dispersa unas respecto de las otras. Esta división cuatripartita -tal como se recoge en el orden expositivo de la Compilación-, será: Instituciones, Digesto, Código y Novelas.