Concesiones de Obras y de Servicios

La concesión de obras es un contrato que presenta las mismas características que el contrato de obras, con la salvedad de que la contrapartida de las obras a realizar consiste, bien únicamente en el derecho a explotar la obra, bien en dicho derecho acompañado de un pago.

Del mismo modo, la concesión de servicios es un contrato que presenta las mismas características que el contrato de servicios, con la salvedad de que la contrapartida de prestación de servicios consiste, bien únicamente en el derecho a explotar el servicio, bien en dicho derecho acompañado de un pago.

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