Audiencia al Rebelde
Previsto en los arts. 496-508 LEC, el denominado “recurso de audiencia al rebelde” encierra una pretensión constitutiva de anulación, interpuesta por el demandado rebelde, contra la Sentencia, dictada en su ausencia, y fundada en su imposibilidad de comparecencia al proceso o en el desconocimiento de su existencia.