El régimen de Franco Bahamonde

Evolución histórica del régimen

Podemos destacar cuatro etapas:

Periodo bélico-totalitario: 1936-1942

  • Organización Política.

    • En España entre los años 1936 a 1939 tuvo lugar la guerra civil, que terminó con una estructura de poder concentrada en el general Franco Bahamonde, como Jefe de Gobierno del Estado Español y Generalísimo del Ejército.

    • Con el Decreto de Unificación en 1937 todas las fuerzas políticas que apoyaban la insurrección quedaron integradas en una sola organización, Falange Española Tradicionalista y de las JONS.

    • Las leyes dictadas por el propio jefe de Estado en 1938 y en 1939 reafirmaron la potestad legislativa del mismo. Estas leyes y el Decreto de Unificación, que no tuvieron rango de fundamental, fueron la verdadera Constitución durante cuarenta años.

  • Política social y organización sindical.

    • Se prohibieron las huelgas y los sindicatos obreros, creándose una única organización sindical de obreros y patronos, de afiliación obligatoria, inspirada en los principios de Unidad, Totalidad y Jerarquía.
  • Derechos y libertades.

    • Se negó la libertad de asociación política y sindical y del derecho de huelga, y los órganos de prensa eran políticamente controlados por el Estado.

    • Los rasgos esenciales del régimen político fueron:

      1. El monismo político.

      2. El poder en un Caudillo que se presenta como carismático y que se proclama políticamente irresponsable.

      3. Control de los medios de comunicación.

      4. Buscó el apoyo de la Iglesia cediéndole actuaciones.

Periodo pro-aliados: 1942-1955

  • Legislación fundamental y creación de instituciones.

    • Sin perder poder absoluto se presentó una cara menos totalitaria del régimen, y destacamos:

      • Ley constitutiva de las Cortes.

        • Las Cortes como órgano colaborador del Caudillo, pero la potestad legislativa continua en la Jefatura del Estado.
      • Fuero de los Españoles.

        • Va a ser como una declaración de derechos pero sin reconocer otros muchos.
      • Ley de Refrendo Nacional.

      • Ley de Sucesión en la Jefatura del Estado.

        • Fue la respuesta del Caudillo a las pretensiones de D. Juan de Borbón, hijo de Alfonso XIII, que había organizado en torno a sí una corriente de opinión favorable a la restauración monárquica en su persona.
  • El aislamiento internacional y su progresiva superación.

    • A España le fue negada su incorporación a la ONU, y Franco respondió con proclamaciones de catolicismo, de anticomunismo y de la verdad del corporativismo frente a la supuesta decadencia de la democracia y del liberalismo. Al final en 1950 se rompió el bloqueo internacional, se firman pactos económicos y militares con Estados Unidos, a los que se ceden bases militares y se les facilita la entrada en la capital, y en 1955 España ingresa en la ONU.

Periodo de desarrollo económico e institucional: 1955-1966

  • Crecimiento económico y proceso de desideologización.

    • Aparece un enfrentamiento entre los partidarios de aprovechar la apertura exterior para favorecer un crecimiento económico y quienes seguían defendiendo la autarquía agraria y artesanas, venciendo la primera opción. En España ingresa capital extranjero, se incrementa el turismo y las divisas procedentes de los emigrantes que favorece la industria. El crecimiento económico existe aunque sea desordenado, especulador e inflacionista.
  • Legislación básica de este periodo.

    • Ley de Principios Fundamentales del Movimiento.

      • No es más que una coartada política para la etapa de relativa liberalización que se proponía llevar a cabo el Caudillo.
    • Legislación administrativa.

      • Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 1956.

      • Ley del Régimen Jurídico de la Administración del Estado.

      • Ley de Procedimiento Administrativo.

    • Legislación política.

      • Ley de Asociaciones.

      • Ley de Prensa.

    • Ley Orgánica del Estado.

Crisis del régimen: 1967-1975

El Éxodo rural y el desordenado crecimiento de las ciudades y áreas metropolitanas favoreció el surgimiento de una clase obrera industrial y de servicios que planteaba más problemas de los que el régimen podía resolver, entre otros el sindical. La Iglesia Católica se fue distanciando del aparato estatal.

El Caudillo designa sucesor, como Rey, a D. Juan Carlos de Borbón, y en 1973 por primera vez la Jefatura del Estado y la Presidencia del Gobierno se desdoblan, nombrando Franco para esta última al Almirante Carrero Blanco, el cual fue asesinado seis meses más tarde, y esto precipitó la descomposición del régimen. Además hay que añadir conflictos sociales, huelgas, escándalos financieros, crisis económica y crisis de salud de Franco que murió en 1975.

Instituciones políticas

La Jefatura del Estado

Había en el régimen anterior hasta cinco modalidades de Jefatura del Estado:

  • La Jefatura extraordinaria de Franco Bahamonde;

  • La Jefatura interina del sucesor, el Príncipe de España, en caso de enfermedad o ausencia de aquél;

  • La del Consejo de Regencia, llamada a preparar la sucesión;

  • La Jefatura ordinaria en caso de ser encarnada por un Rey;

  • La Jefatura ordinaria en caso de ser encarnada por un Regente.

El Consejo del Reino

Acaso el órgano más característico del orden institucional de aquel régimen fuera el Consejo del Reino, que tenía como precedente el que había previsto el proyecto constitucional de Primo de Rivera.

Este órgano fue creado por la Ley de Sucesión (1947) como supremo órgano consultivo de la Jefatura del Estado, aunque también le asignaba cierta participación en el momento de la sucesión en dicha Jefatura. Su composición era estrictamente corporativa.

Las Cortes

Las Cortes fueron creadas por una Ley de la Jefatura del Estado de 1942, tres años más tarde de la terminación de la guerra civil. Eran un órgano meramente colaborador en la potestad legislativa, que correspondía exclusivamente al Jefe del Estado.

El Gobierno

El Gobierno fue siempre un simple apéndice de la Jefatura del Estado. Esta magistratura y la Presidencia del Gobierno estuvieron fundidas en la persona del Caudillo.

La Administración de Justicia

Las notas más características de la Administración de Justicia durante el régimen franquista fue su falta de independencia y de unidad jurisdiccional, dos de los caracteres esenciales de un Estado de Derecho.

Naturaleza de las Leyes Fundamentales

Su naturaleza no constitucional y el problema de su vigencia

La concentración de poder en Franco Bahamonde se contenía principalmente en el Decreto de la Junta de Defensa Nacional de 1936 y en las leyes de 1938 y 1939, y el monismo político se formulaba en el Decreto de Unificación de 1937.

Las Leyes Fundamentales no estuvieron plenamente vigentes, su vigencia quedaba aplazada hasta la muerte del Caudillo.

La defensa de su rango: el recurso de contrafuero

La Ley Orgánica del Estado introdujo una institución propia del régimen constitucional: la defensa de la Constitución frente a las normas de rango inferior. Este instituto recibió el nombre de recurso de contrafuero.

Rigidez de las Leyes Fundamentales e intangibilidad de los Principios Fundamentales del Movimiento

La Ley de Sucesión establecía un complicado procedimiento de revisión de las Leyes Fundamentales, que hacía de éstas unas normas sumamente rígidas.

Naturaleza del régimen

Diversidad de calificaciones propuestas

Los autores divergen a la hora de calificar el régimen político franquista. Algunas propuestas son:

  1. Régimen totalitario.

  2. Régimen fascista, o totalitario fascista.

  3. Régimen autocrático.

  4. Dictadura.

  5. Régimen oligárquico totalitario.

  6. etc.

La definición oficial era la de “Estado católico, social y representativo que, de acuerdo con su tradición, se declara constituido en Reino” (Ley de Sucesión), o más sintéticamente, la de “Monarquía tradicional, católica, social y representativa” (Ley de Principios Fundamentales del Movimiento).

¿Un régimen autoritario?

J. Linz definió el régimen autoritario como un sistema político con pluralismo limitado y no responsable, sin una ideología elaborada y directora, carente de una movilización política intensa o extensa y en el que un líder, o acaso un grupo reducido, ejerce el poder dentro de límites formalmente mal definidos, pero en realidad bastante predictibles; y en función de esta definición, calificó el régimen franquista de autoritario.

¿Un régimen fascista?

El régimen de Franco conservó siempre su identidad de origen y no dudó en mostrarla durante 40 años cuando lo creyó necesario u oportuno. En ningún momento abandonó el régimen:

  1. El recuerdo vivo de la guerra civil como factor de división de los españoles en vencedores y vencidos.

  2. El monismo político excluyente.

  3. La concentración de todo el poder en un Caudillo pretendidamente carismático.

  4. El anticomunismo, el antiliberalismo y un sedicente anticapitalismo.

  5. El nacionalcatolicismo.

  6. La represión de las libertades.

  7. Una organización institucional corporativa.

  8. La concepción jerárquica de la vida y del orden social.

  9. Un férreo nacionalismo “españolista” con negación absoluta de los nacionalismo interiores e incluso de sus manifestaciones culturales.

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