Evolución de la equiparación jurídica de la mujer y el hombre

4.1. Introducción

La gran mayoría piensa hoy que el hombre y la mujer son diferentes; pero no jerarquizables.

El enfoque actual del tema no puede ocultar algo tan evidente como que, durante siglos y siglos, la mujer ha desempeñado un papel secundario en la sociedad y que dicha realidad ha sido siempre objeto de expresa consideración por las normas jurídicas.

4.2. La redacción originaria del CC

La redacción originaria del CC se asentaba en una concepción masculinizante de la vida.

4.3. La Constitución de la Segunda República

La Constitución de 1931 sienta como principio desarrollar la igualdad entre ambos sexos, siendo objeto de consideración expresa en varios de sus artículos.

4.4. Las coyunturales reformas durante el régimen del General Franco

En sus inicios, el régimen franquista mantenía una concepción masculinizante de la vida. Sin embargo, las circunstancias sociológicas de los años posteriores determinaron un cambio de actitud que se tradujo en normas legales tendentes a abolir las discriminaciones más evidentes entre hombre y mujer.

4.5. Abolición de la discriminación por sexo

Las disposiciones más relevantes en materia de igualdad de sexos, contenidas en la CE, son:

  • Art 14: “los españoles son iguales ante la ley sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de…sexo…o cualquier otra condición o circunstancia personal o social”.
  • Art 32.1: “El hombre y la mujer tienen derecho a contraer matrimonio con plena igualdad jurídica”
  • Art 35.1: “Todos los españoles tienen el deber de trabajar y el derecho al trabajo, a la libre elección de profesión u oficio, a la promoción a través del trabajo y a una remuneración suficiente para satisfacer sus necesidades y las de su familia, sin que en ningún caso pueda hacerse discriminación por razón de sexo”.

En desarrollo del art. 32, se han promulgado dos leyes de gran importancia para la equiparación efectiva de marido y mujer dentro del matrimonio: la Ley 11/1981 (sobre filiación, patria potestad y régimen económico del matrimonio) y la Ley 30/1981 (reguladora del sistema matrimonial, popularmente “Ley del divorcio”).

Hoy en día la igualdad entre mujeres y hombres, así como la eliminación de desigualdades entre ambos géneros, es un principio fundamental en la Unión Europea y constituye un objetivo que debe integrarse en todas las políticas y acciones de la Unión y de sus miembros.

En desarrollo de este principio, la LO 3/2007 para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, aborda una acción normativa dirigida “a combatir todas las manifestaciones aún subsistentes de discriminación por razón de sexo y a promover la igualdad real entre hombres y mujeres, removiendo los obstáculos y estereotipos sociales que impiden alcanzarla”.

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