Etimología y uso de los términos mediador y mediación

El termino mediador procede etimológicamente, tal y como cabría esperar, del latín mediator-mediatoris, así como mediación deriva del vocablo mediatio. Ni que decir tiene que su raíz léxica designa una ubicación intermedia entre dos puntos y por extensión entre dos posturas o intereses opuestos. Al acudir a las fuentes lexicográficas e historiográficas uno se percata de que, mientras el término que correspondería a la voz de mediador sí se recoge en diferentes épocas y diferentes contextos socio-políticos, con el término mediación no acontece lo mismo. Se ha de entender, en consecuencia, que la función del mediador era ejercida por individuos a los que no se les reconocía, por decirlo de algún modo, ninguna pertenencia a un «gremio profesional» o institución y que desempeñaban su rol de forma absolutamente independiente. Tampoco es necesario retroceder tanto en el tiempo para comprobar que, hasta fechas muy recientes, la palabra mediación seguía sin incorporarse a las entradas de voces de diccionarios y enciclopedias y en parte sucedía lo mismo con mediador.

En una estupenda revisión introductoria sobre las distintas definiciones de mediador y mediación, Francisco Puy Muñoz establece la siguiente cronología para constatar el uso de estos términos:

  • Fuero de Avilés, (1076); Aparece «medianedo» para designar un «tribunal sobre litigios de los pertenecientes a diferentes jurisdicciones». Puy subraya el marcado carácter jurídico de esta definición, porque «supone la compresión de la mediación como una jurisdicción extraordinaria (de Derecho Natural) capaz de llegar a donde no llegan las ordinarias (las de Derecho Positivo)».
  • Las siete Partidas de Alfonso X, (1250-63); Consideradas por la gran mayoría de historiadores y juristas como el más importante compendio de derecho de la Edad Media. En las Partidas no se recoge ni el concepto de mediador ni el de mediación, en su defecto «regulan el arbitraje» entendiendo por tal al «procedimiento que deben seguir quienes "son llamados en latín árbitros" y en romance "juzgadores de albedrío" [o «Jueces de Aveniencia»], porque "son escogidos para librar algún pleito señalado", con otorgamiento de ambas partes». En este punto, el autor aventura la posibilidad de que estos juzgadores/árbitros podrían ser, en última instancia, mediadores «obligados por Partidas a pasar por árbitros».
  • Vocabulario de Antonio de Nebrija, (1495). Más de dos siglos después de las Partidas, se confirma la existencia de una figura análoga a la del mediador al que se le nombra por «mediator-oris» y que se traduciría por «medianero entre dos». Termino que, como veremos en el siguiente hito cronológico, se mantiene en su traducción al castellano.
  • Tesoro de la lengua castellana o española de Sebastián de Covarrubias Horozco, (1611). Se menciona el término «medianero» —entendiéndose por aquel «que se pone de por medio para componer diferencias»— y las voces «medio, mediar y medianero».
  • Diccionario de autoridades, (1726-39). Se incluyen «por primera vez las voces mediación y mediador» sin obviar las de «medianero» y «mediar». Algo que se mantiene asimismo en la primera edición del «Diccionario de la lengua castellana» de la Real Academia Española (1780).

La primera de las dos entradas de mediación, que se constatan en el Diccionario de Autoridades (tomo IV) dice que «es la distancia próxima de una cosa a otra, mediando otra entre las dos», pero la segunda ya incorpora otras connotaciones que nos remiten a la esfera de la conciliación o búsqueda de un acuerdo. Transcribimos su contenido: «Significa también la interposición o intervención de alguno, que pretende componer y reconciliar a otros que están entre sí discordes, o conseguir alguna cosa para otro».

En síntesis, se puede afirmar que, al menos en durante el último milenio, la vocación del mediador ha pervivido en nuestro espacio geopolítico. Lo cierto es, que para ejercer una función que está sujeta a la voluntariedad de los que demandan su intervención y establecerse, según las fuentes, en un ámbito informal y «alternativo», parece ser una praxis bastante ventajosa, de lo contrario se vería abocada a su desaparición. Aun así, en los diccionarios de uso más destacados de nuestra lengua, se menciona con cierta tibieza, o directamente no se cita a la mediación en el sentido de significarla como un método alternativo en la gestión de conflictos y mucho menos como disciplina. De esta guisa, en su tercera y última edición de 2007, el «Diccionario de Usos de la lengua Española» de María Moliner define mediación como: «Acción de mediar entre partes en conflicto; por ejemplo, entre dos naciones, entre trabajadores y empresarios, etc.» Y mediador como: «(…) el que media a favor de alguien o para arreglar un trato o poner en paz a los que están enemistados; por ejemplo entre dos naciones». Pero además incluye otra acepción: «Se aplica específicamente a la Virgen y a los Santos como mediadores entre los hombres y Dios». Por no redundar en los mismos conceptos, no vamos a transcribir aquí los significados que da la última actualización del Diccionario de la Real Academia Española (2001), tan sólo decir que en ella también se recoge, para el verbo mediar, el significado de «interceder o rogar por alguien». Nos fijamos en esta acepción porque, dentro del campo semántico de mediación y mediador, nos encontramos con toda una gradación de términos que con sus matices nos aproximan o alejan, en mayor o menor medida, del significado que otorgamos a la mediación y mediador moderno [En esta pequeña panorámica, sobre la evolución de los usos lingüísticos, que acabamos de ver, aparecen términos como árbitro, juez (de albedrío), interceder, rogar, etc. Es obvio que todos ellos incorporan connotaciones que difieren del significado legal que propiamente ostenta la mediación, de hecho, hablar de intercesión o arbitraje —por poner un ejemplo— introduce otro tipo de factores que no se corresponden netamente con el proceso mediador, puesto que interceder supone mediar entre partes en desigual relación de poder y asimétrica voluntad de resolución y en el arbitraje se presupone un carácter vinculante al acuerdo tomado por las partes, con todo lo que a nivel contractual implica. Nótese que otros vocablos como componedor o intérprete también tendrían fácil cabida en el campo semántico de mediador. El primero por intervenir para restaurar un orden o equilibrio «dañado» (entronca directamente con el concepto de justicia restaurativa) y el segundo por facilitar la comunicación entre las partes litigantes.], pero nos ayudarán a entender mejor a todas aquellas otras realidades mediadoras que expondremos en este mismo capítulo.

Aventurándose más allá del origen exclusivamente latino, hay indicios etimológicos suficientes para constatar que la raíz lingüística de mediación y mediador se puede rastrear hasta un origen indoeuropeo. Una prueba más de que conflicto y mediación están intrínsecamente relacionados entre sí y con la historia de la Humanidad.

Mediación es una palabra que llega a todas las lenguas romances occidentales a través del latín. Ernout, Meillet y André exponen sus orígenes conocidos en el Dictionnaire étymologique de la langue latine (1979) (…) entrada medius, —a, —um, cuyo contenido extracto. El adjetivo de tres terminaciones medius, —a, —um, califica a "quien se encuentra en medio, al intermediario, a lo que está en medio en sentido local y temporal, y por consiguiente también en sentido moral, a lo que no se inclina ni a un lado ni a otro, a lo indiferente, a lo indeterminado", Recibe los mismos empleos que el adjetivo griego mésos, méson. Se usó en todos los tiempos. Es panromano. Es un adjetivo indoeuropeo documentado en sánscrito como mádhyah, y en Avesta como maidya. También está identificado en osco, gótico y céltico galo, con las alteraciones fonéticas que ahora no conviene detallar, pero conservando siempre su significado. Y lo mismo ocurre con sus prolongaciones hacia adelante. Mediator y mediatrix es una de ellas. Los sustantivos mediator y mediatrix, son propios del latín religioso, y significan el mediador y la mediadora, pero en sentido activo, señalando a los que están desempeñando el rol de mediar.

Al hilo de lo expuesto nos surge un nuevo interrogante, ¿ha sido el rol de mediador exclusivo del hombre? En honor a la verdad, la figura de la mujer proto-mediadora —y no la de divinidad femenina mediadora/intercesora— no aparece en las fuentes, de lo que deducimos, al menos, que no ha sido un rol asumido habitualmente por mujeres.

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