Gastos y marco financiero plurianual

Los Tratados han venido proclamando el principio de suficiencia de medios desde 1992.

Significa que la UE se compromete a dotarse de «los medios necesarios para alcanzar sus objetivos y para llevar a cabo sus políticas» (art. 311 TFUE). Para lograr los objetivos comunes se procurará los medios de financiación. Los recursos no son infinitos como se ha visto.

A fin de garantizar la evolución ordenada de los gastos dentro del límite de los recursos propios se ha utilizado el mecanismo de las llamadas perspectivas financieras mediante acuerdos interinstitucionales. Desde la reforma de Lisboa (art. 312 TFUE) se denomina «Marco financiero plurianual» (MFP). Es una programación presupuestaria plurianual de un mínimo de cinco años, si bien lo habitual son siete años (el vigente Marco o «presupuesto a siete años» abarca 2014-2020).

El presupuesto anual debe mantenerse dentro de las previsiones del Marco financiero plurianual, al igual que las previsiones para créditos de compromiso y de gastos para cada categoría de gastos.

Este Marco se adopta previa propuesta de la Comisión, aprobación por el Parlamento Europeo y unanimidad del Consejo (si bien mediante una decisión unánime del Consejo Europeo puede acordar aprobarlo por mayoría cualificada, art. 312.2 TFUE). Dada la importancia de esta norma plurianual, el Tratado apela a la máxima colaboración para su adopción en tiempo útil y evitar su prórroga (art. 312.4 y 5 TFUE).

El vigente Reglamento del MFP permite a la UE gastar (a precios de 2011) hasta 959.990 millones de euros en créditos de compromisos y 908,40 millones de euros en pagos en el período 2014-2020 (un 3,5 % y 3,7 % respectivamente menor que bajo el marco financiero plurianual 2007-2013, si bien algunos ámbitos como competitividad aumentan en un 37 % respecto del marco plurianual anterior). Una serie de Fondos e instrumentos especiales quedan fuera del MFP (como el Fondo de adaptación a la globalización, el Fondo Europeo de Desarrollo —FED—, la Reserva para Ayudas de Emergencia, el Fondo de Solidaridad de la UE, el Instrumento de Flexibilidad —necesidades de gastos suplementarios— o el Margen para Imprevistos). Sin embargo, estos fondos e instrumentos sí se prevén y contabilizan dentro de cada Presupuesto anual.

Para una mejor comprensión y visibilidad de los objetivos de la UE y de su financiación se establecen unas categorías de gastos que se corresponden con los grandes sectores de actividad de la UE. En buena medida se corresponden con lo que tradicionalmente se entendía por gastos de funcionamiento y gastos operacionales.

Los gastos operacionales son los gastos de las políticas de la UE. Los gastos vienen estructurados por grandes sectores de actividad de la siguiente forma para el marco presupuestario plurianual 2014-2020:

  1. Crecimiento inteligente e integrador, que comprende un 47 %, con dos sub-rúbricas «Competitividad para el crecimiento y el empleo» (13.1 %) y «Cohesión económica, social y territorial» (33,9 %), es decir para investigación, innovación, competitividad, educación, política social, Fondos estructurales y de cohesión, etc.
  2. Crecimiento sostenible: Recursos naturales, que incluye «Gastos en concepto de ayudas relacionadas con el mercado y pagos directos», es decir, agricultura, pesca y medio ambiente y que representa un total del 38,8 %.
  3. Seguridad y ciudadanía, a la que se asigna el 1,6 del Marco Plurianual.
  4. Europa global, es decir, toda la acción exterior (6,1 %).
  5. Administración que incluye los gastos administrativos de las instituciones, es decir, los gastos de personal, los inmuebles y su mantenimiento, material y gastos diversos y los derivados del ejercicio de funciones específicas por parte de la institución, así como otros gastos.
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