Organos Consultivos
La Unión Europea (UE) cuenta con siete instituciones que se encargan de las diferentes áreas relacionadas con la redacción de legislación y la formulación de políticas.
Asimismo, tiene dos órganos consultivos que representan a las diferentes partes de la sociedad europea y ofrecen opiniones sobre las políticas y la legislación, aunque no son jurídicamente vinculantes.
El Comité Económico y Social Europeo (CESE)
Función
El CESE tiene tres responsabilidades principales:
- asesorar al Parlamento Europeo, el Consejo de la Unión Europea y la Comisión Europea;
- fomentar el desarrollo de una UE que esté más al tanto de las opiniones de la ciudadanía, permitiendo a las organizaciones de trabajadores y empresarios, así como a otros grupos de interés, que se pronuncien en los debates sobre las políticas;
- garantizar un diálogo continuo entre la UE y la sociedad civil organizada y respaldar su función y el papel de una mayor participación en la democracia.
Composición
El CESE está compuesto por 350 miembros y su reparto entre los países de la UE es objeto de una decisión del Consejo.
Los miembros representan a las organizaciones de trabajadores y empresarios, así como a los grupos de interés de la sociedad civil, especialmente en los ámbitos socio-económico, cívico, profesional y cultural.
A los miembros los designan los gobiernos nacionales y los nombra el Consejo para un mandato de cinco años renovable.
Acción
El CESE celebra nueve plenos anuales.
Es consultado por el Parlamento Europeo, el Consejo o la Comisión en una gran variedad de temas.
Además, emite opiniones por propia iniciativa.
El Comité de las Regiones (CdR)
Función
El CdR permite que las regiones y ciudades se pronuncien formalmente acerca del proceso de toma de decisiones de la UE y refleja las posturas y necesidades de las autoridades regionales y locales en las opiniones que transmite a las instituciones de la UE.
Composición
El CdR está compuesto por 350 miembros y su reparto entre los países de la UE es objeto de una decisión del Consejo.
Sus miembros son representantes elegidos de las autoridades locales y regionales.
A los miembros los designan los gobiernos nacionales y los nombra el Consejo para un mandato de cinco años renovable.
Acción
El CdR celebra seis plenos anuales.
La Comisión, el Consejo o el Parlamento Europeo están obligados a consultarle las propuestas legislativas que afectan a políticas relacionadas con:
- la salud;
- la educación;
- el empleo;
- la política social;
- el transporte, y
- la energía.
El Parlamento Europeo, el Consejo o la Comisión también pueden consultarle cuestiones que no estén relacionadas con estos temas. Además, puede emitir opiniones por propia iniciativa.
Después de recibir una propuesta legislativa, el CdR emite su opinión y la envía a las instituciones correspondientes.
El CdR puede interponer dos tipos de recursos ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea:
- un recurso para anular un acto jurídico que no respete el principio de subsidiariedad, cuando el acto jurídico afecte a un ámbito político que requiera la consulta al CdR (artículo 8 del Protocolo 2 del Tratado de la Unión Europea);
- un recurso para garantizar que las instituciones de la UE respetan su derecho a ser consultado (artículo 263 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea).