Cómo determinar el convenio colectivo aplicable?
6.1. El criterio de la actividad prevalente
Respecto de cuál es el convenio colectivo aplicable una empresa, históricamente, la jurisprudencia aplicó el denominado principio de unidad empresa, que defendía la aplicación de único convenio colectivo para la totalidad de los trabajadores de la empresa. En la actualidad, la jurisprudencia del Tribunal Supremo ha establecido el criterio de que, cuando son varios los potencialmente aplicables, el convenio colectivo de aplicación es el correspondiente a la actividad preponderante en la empresa, que es aquella actividad real que los trabajadores desarrollan y no el objeto social escriturado e inscrito.
6.2. Las empresas multiservicios o sin actividad preponderante
Aunque como norma general, en una empresa se ha de aplicar un único convenio colectivo que responda actividad principal o preponderante de la empresa, en algunos supuestos específicos se considera válida la aplicación de dos convenios colectivos de forma simultánea. Para ello, sería necesario que existieran dos actividades claramente diferenciadas en dicha empresa y que ninguna de ellas fue la principal o preponderante.
Esto ocurre, por ejemplo, en las empresas multiservicios. En ellas hay una falta de homogeneidad productiva y distintas actividades conforman su objeto social, las cuales se desarrollan como organización distinta o en diferente CdT.
6.3. La determinación del convenio colectivo aplicable es una materia no disponible para las partes
Las partes no son libres de acordar, ni por autonomía colectiva o individual, la aplicación de un convenio colectivo distinto al que debe de aplicarse, de conformidad con los criterios anteriores.
La jurisprudencia ha establecido con reiteración que la determinación del convenio colectivo aplicable no es disponible ni renunciable para las partes, sino que se trata de una cuestión indisponible y de orden público, de manera que no cabe elegir, ni adherirse, ni aplicar un convenio colectivo distinto del que debe aplicarse por estar incluida en su ámbito de aplicación la actividad realizada por la empresa.
6.4. Decisión empresarial de cambiar el convenio colectivo que venía aplicándose a los trabajadores por estimar que otro es el convenio aplicable
La empresa no puede cambiar unilateralmente el convenio colectivo que venía aplicando a sus trabajadores desde siempre basándose en el hecho de que es una aplicación errónea, sino que habrá de negociar y acordar con los RLT el cambio del convenio colectivo, o, en su caso, utilizar el procedimiento de modificación sustancial de condiciones de trabajo.