Las funciones del Derecho

La organización social y el Derecho

Todos los grupos humanos tienen que distribuir recursos escasos, resolver conflictos y, en general, cooperar para alcanzar ciertos fines imprescindibles (como la supervivencia). Esto no puede quedar al libre arbitrio y es por ello por lo que las normas son el instrumento. Pero cada sociedad necesita una forma distinta de normatividad. Así, el Derecho puede adoptar distintos papeles, desempeñar distintas funciones dependiendo de la sociedad que lo genera y a la cual da forma.

Las funciones del Derecho

Al tener su origen social, su aplicación está medida por las circunstancias sociales influyendo, a su vez, en la dinámica de dicha sociedad; al no ser ésta un todo homogéneo, cabe sospechar que también en unos ámbitos la influencia del Derecho es distinta que en otros.

A través de los efectos del Derecho y sus instituciones en la sociedad algunos autores esperan recoger datos sobre qué es el Derecho (fuente de conflictos, esquema regulativo…). La investigación empírica puede orientarse mediante la referencia a unas funciones genéricas que son las siguientes:

  • Función de control social: cohesiona el grupo social estableciendo qué se debe hacer y qué se debe omitir. La transgresión conlleva sanciones. La idea que subyace a la sociedad actual promete libertad a todos para conseguir sus fines, pero el medio con el que dota para ello a los individuos, la capacidad jurídica igual para disfrutar derechos y contraer obligaciones, resulta claramente insuficiente, pues los medios los medios que habrían de hacer posible la libertad de todos para conseguir sus fines están muy desigualmente repartidos. La filosofía social en que descansa la sociedad moderna, que pretende facilitar a todos la posibilidad de perseguir sus individualísimos fines descansa en una idea cuya inadecuada articulación pública genera frustraciones y transgresiones.
  • Función de organización social: hay quien piensa que el Derecho puede contribuir a la igualdad material entre los ciudadanos y quien, de otro lado, cuestiona si el Derecho puede actuar para cambiar la sociedad. Es claro que el Derecho puede contribuir a modificar el orden social, pero cabe preguntarse si puede modificarlo en cualquier sentido (el Estado intervencionista). Hay opiniones contrapuestas al respecto.
  • Función de resolución de conflictos: se dice que el Derecho proporciona los medios para resolver los conflictos, aunque algunos autores remarcan que solo resuelve los juridificados, no todos. A parte, existe resolución de conflictos a espaldas del Estado y del Derecho (acuerdos entre empresas transnacionales).
  • Función de legitimación del poder social: el Derecho tiene una estrecha relación con el poder político, hasta el punto es así que, una de las funciones de éste, consiste precisamente en generar normas jurídicas. En el Estado de Derecho no solo tienen las normas como destinatarios a los ciudadanos sino también al propio Estado. Y, el Derecho, mediante su regulación otorga legitimidad a las pretensiones de los sujetos recogidas en aquél: el Derecho otorga a cada ciudadano la garantía de que sus acciones son valoradas positivamente y en consecuencia, protegidas.
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