Apuntes de Cultura Europea en España

APUNTES ACTUALIZADOS CURSO 26-27 UNED
Ya están disponibles los apuntes actualizados de Cultura Europea en España para el curso 26-27 UNED.

  • La gestión de los recursos y las prestaciones personales de los ciudadanos

    La hacienda Crisis financiera tras la guerra con Francia e Inglaterra, e intentos reformistas La “contribución directa” de las Cortes de Cádiz Al inicio del XIX, la situación financiera extremadamente grave. Las guerras habían debilitado los recursos y aumentado los gastos. Para poder hacer frente a esta situación, se procedió a la emisión de vales reales, pero al no poder pagar los intereses el Estado quedó en entredicho. Godoy acudió a las desamortizaciones eclesiásticas y amortización de vales, pero los ingresos sólo se aplicaron a remediar el déficit público, y así la deuda aumentó.

  • Control social y relaciones con la Iglesia contemporánea

    La Administración de Justicia Caracteres generales Dos rasgos caracterizan la administración de justicia en el siglo XIX. De una parte, la diferenciación de la función judicial de la legislativa y ejecutiva. La Constitución de Cádiz estableció ya que las causas civiles y criminales correspondiesen exclusivamente a los tribunales. De otra parte, la reducción de las jurisdicciones especiales. La mercantil y las correspondientes a tribunales especiales, fueron extinguidas por el Decreto de unificación de fueros de 1868, texto que también puso fin a los juzgados especiales de Hacienda. Desde entonces se mantuvo exclusivamente la jurisdicción eclesiástica, así como la de Guerra y Marina para los delitos y faltas contemplados en las ordenanzas militares.

  • Vertebracion y gestión del territorio

    La Administración territorial La división provincial El plan prefectural de José Bonaparte y sus consecuencias España entró en el XIX con una división territorial organizada en circunscripciones de índole fiscal, sin significación en los gubernativo y judicial. La tarea debía consistir tanto en reordenar el territorio.

  • Ideologia liberal y centralismo

    La organización ministerial durante el siglo XIX Evolución y reformas El Estatuto de Bayona y la administración de José Bonaparte Al iniciarse el siglo XIX el sistema ministerial estaba compuesto por los cinco departamentos de Estado, Guerra, Marina, Justicia y Hacienda. Esa estructura no fue respetada por el Estatuto de Bayona. El Estatuto dispuso un régimen de nueve ministerios, facultando al rey para fusionar los dos primeros y los dos últimos. Los ministros eran responsables de la ejecución de las leyes y de las órdenes del monarca. El Secretario de Estado debía refrendar todos los decretos. Tiene lugar el establecimiento de departamentos hasta entonces desconocidos y se sustituye el término de “Secretario del Despacho” por el de ministro.

  • Ciencia y Positivismo

    Introducción Idea de Código y Codificación en Europa Desde un punto de vista jurídico «código» es un libro de leyes. También puede calificarse de «código» a cualquier compilación de leyes precedentes de épocas distintas, por ejemplo, el Codex Gregorianus.

  • Teoría y práctica de gobierno en el sistema liberal

    El rey Salvo la fugaz excepción de la primera República, el Estado liberal se articuló en forma de monarquía parlamentaria, con un rey cuyo peso institucional y poderes políticos fueron variables según las épocas. El monarca encarna el poder ejecutivo, que a menudo aparece limitado por las atribuciones de las Cortes y comparte frecuentemente con ellas la potestad legislativa.

  • Pensamiento liberal y reformas políticas

    Introducción: La Revolución francesa y los orígenes del constitucionalismo continental Las expresiones «Constitución» y «constitucionalismo» remontan su origen al pensamiento político griego y en especial a la obra de Aristóteles, quien utilizó la palabra «Constitución» en muy diversos sentidos. Modernamente, «Constitución» es entendida como la totalidad de normas que ordenan la vida de un país; o como disposiciones fundamentales, de rango superior a la ley ordinaria, articuladoras de los principios que rigen el Estado.

  • Las reformas económicas y sociales de la ideología liberal

    Estructura económica La agricultura: revolución agraria y proteccionismo Destacan tres etapas: la primera, hasta 1837, deudora de la situación y problemas del Antiguo Régimen que condujeron a la llamada revolución agraria; la segunda, de 1837 a 1860, cuando destaca una expansión de los terrenos de cultivo; y una tercera, en las últimas cuatro décadas, con un período de reajuste de signo inverso, con mayores índices de productividad y cierta disminución de las superficies cultivadas.

  • La implantación del liberalismo en la España del XIX

    Triunfo del Liberalismo político El derrumbamiento del Antiguo Régimen La inacción de la Junta de gobierno dejada por Fernando VII dan lugar a que el alcalde de Móstoles reivindique revolucionariamente el poder, sublevándose en Asturias y las restantes regiones peninsulares. Al levantamiento sigue la constitución de unas Juntas supremas provinciales, las cuales recuperan la soberanía considerada vacante. Los representantes de esas juntas establecen en 1808 una Junta Central suprema y gubernativa de España e Indias. La Junta Central resultó ser una asamblea endeble y de problemática autoridad. Compuesta por treinta y cinco miembros, hubo de sufrir el acoso francés. Todo ello provocó su disolución en 1810 y el nacimiento de un Consejo de Regencia. A instancia sucesivas de uno y otro organismo, se reúnen las Cortes de Cádiz que en 1812 promulgan la primera Constitución nacional.

  • Recursos del Estado y prestaciones personales de los subditos

    La Hacienda Caracteres generales de la administración financiera Tres fueron las características de la hacienda del Antiguo Régimen: en primer lugar, su diversidad, por cuanto cada uno de los antiguos reinos mantuvo un régimen propio. En segundo lugar, el reconocimiento, junto al sistema fiscal ordinario, de otro singular.

  • Control social y relaciones con la Iglesia

    La Administración de Justicia La jurisdicción ordinaria: los jueces inferiores La estructura judicial de la España moderna aparece integrada por los jueces inferiores, cuya figura más destacada es el corregidor; por los dos tribunales de Chancillerías y Audiencias y por aquellos Consejos que tienen atribuido ese tipo de funciones.

  • Sistemas de vertebración territorial y local

    La Administración Territorial El sistema bajo los Austrias: virreinatos y provincias Apenas existió en Castilla un régimen de administración territorial, que sí fue importante en cambio en la Corona de Aragón y Navarra, gobernado por virreyes.

  • Consejeros del Rey y práctica consultiva

    Caracteres generales: el oficio público Oficio público y burocracia La organización de un aparato burocrático especializado fue característica del Estado moderno. La estructura administrativa se hizo más compleja al potenciar el Estado su propia actividad y aplicarla a campos diversos. Ello llevó consigo un crecimiento de organismos técnicos en lo central, territorial y local, donde se instala, cada vez mas funcionarios.

  • Teoría y práctica de gobierno: Monarquía y Cortes en el Edad Moderna

    Monarca y Estado El Estado Moderno en las monarquías europeas Naturaleza y fines del Estado El Estado moderno es la estructura política que a partir del Renacimiento encarna la organización del poder en los países occidentales europeos. El Estado del siglo XVI aparece como la institución que ostenta la exclusiva legitimidad del poder público. Ese Estado surge cuando concurren en la práctica una serie de factores (administración centralizada, sistema burocrático, etc) mientras en el plano teórico se reconoce la supremacía de un monarca que recibe el poder directamente de Dios. Es fuente de ese poder hacia el interior del cuerpo social, y rechaza cualquier superioridad ajena a lo largo del Antiguo Régimen, el Estado absoluto habría vivido en Europa tres etapas: la de génesis y formación, desde los orígenes hasta la mitad del siglo XVI; la del absolutismo problematizado hasta mediados del XVII; y finalmente, el absolutismo maduro, durante la segunda mitad de esa centuria y todo el siglo XVIII, cuyo prototipo se ecnuentra en el apogeo centralista del Despotismo Ilustrado.

  • La época de las recopilaciones

    Recopilaciones castellanas: Del Ordenamiento de Montalvo a la Novísima Recopilación El Ordenamiento de Montalvo y el Libro de Bulas y Pragmáticas de Juan Ramírez Los Reyes Católicos ordenaron en Toledo en 1480 que se compilasen las leyes, ordenanzas y pragmáticas. Fue encargado a un notable jurista, Alonso Díaz de Montalvo, quien formuló las Ordenanzas Reales de Castilla, más conocidas como el Ordenamiento de Montalvo. El Ordenamiento consta de ocho libros que contienen las leyes de Cortes, dictadas desde Alfonso XI, junto a algunas disposiciones del Fuero

  • Estructura social en la Edad Moderna

    Las clases sociales Las clases privilegiadas La nobleza En la cúspide social, la nobleza aparece como una clase cerrada, con múltiples y variados privilegios como la inmunidad tributaria y la exención de los servicios y prestaciones personales. Los nobles no podían recibir tormento o ser castigados con penas infamantes, ni eran encarcelados por deudas a no ser que procedieran de rentas reales. En caso de prisión, la cumplían en su casa o en lugares separados, manteniendo como inembargables el caballo, la casa y el ajuar.

  • La llegada de las nuevas doctrinas económicas europeas; mercantilistas e ilustrados

    La recepción del mercantilismo europeo en los siglos XVI y XVII Los arbitristas Durante el reinado de Felipe II una serie de teóricos de la Escuela de Salamanca reflexionaron acerca del proceso de declive económico de la época. Entre ellos, Ortiz propugnó la retención de las materias primas, que no debían ser exportadas, con lo que se lograría el fomento de la industria nacional, asegurada a su vez con una correlativa restricción de las importaciones. Defendió asimismo la potenciación de la agricultura, la revalorización social del trabajo manual y la retención de los metales preciosos. Por otra parte, Azpilcueta formuló la “teoría cuantitivista” de la moneda, explicando la relación entre el encarecimiento de los precios y la abundancia de la moneda en mercado.

  • La monarquía universal española

    Panorama general del Antiguo Régimen: de la Monarquía Hispánica al “Despotismo ilustrado” de los Borbones En 1469, Isabel, heredera de la corona de Castilla, contrajo matrimonio con Fernando, heredero de la corona de Aragón. El enlace abrió los caminos a la unidad política peninsular y al Estado de los tiempos modernos. Tres siglos y medio después, en 1812, la Constitución de Cádiz liquidaba el Antiguo Régimen al reconocer encarnada la soberanía en el pueblo, dando así paso al régimen liberal y al Estado constitucional. El período que transcurre entre ambas épocas, es lo que se conoce como absolutismo monárquico, proyectándose en dos etapas fundamentales: la monarquía de los Austrias (siglos XVI y XVII) y el de los primeros Borbones en el XVIII. Una y otra difieren por el protagonismo mundial logrado por España, y luego perdido en beneficio de Francia, por la estrategia política y económica, y por la transformación ideológica.