Diferencias entre contrato forzoso y contrato tipo

8.1. Los contratos forzosos

Con la denominación de contrato forzoso se suele hacer referencia a aquellos supuestos en que la ley, atendiendo a razones de interés general, limita la autonomía privada de una de las partes, obligándola necesariamente a contratar.

Conviene resaltar los siguientes supuestos:

  1. La obligación de contratar que pesa sobre los concesionarios de servicios públicos en situación oligopolista o monopolista.
  2. El alquiler obligatorio de viviendas que, susceptibles de ser ocupadas, no lo fueran por nadie estando vacías. En tal caso, el Subdelegado del Gobierno podría acordar que una persona se convirtiera en inquilino, aunque el arrendador se niegue a otorgarle el contrato, en cuyo caso, la renta se determinaría conforme a los datos fiscales expresados.
  3. En general, los supuestos de subrogación y sucesión en la posición arrendaticia previstos en la LAU y en la LAR.

La obligación de contratar legalmente impuesta afecta a la libertad o autonomía contractual del contratante fuerte, en beneficio del débil. La categoría de contratos forzosos no conlleva de forma necesaria que el contenido del contrato haya de encontrarse legal o convencionalmente predeterminado.

8.2. Los contratos normados o contratos tipo

Se habla de contrato normado o contrato tipo cuando el conjunto de derechos y obligaciones de las partes (el contenido del contrato) se encuentra legal o reglamentariamente determinado por los poderes públicos.

La gran mayoría de contratos normados son simultáneamente contratos forzosos; sobre todo por cuanto se refieren al suministro de servicios públicos (transporte regular, teléfono, electricidad, etc.); cuyas tarifas y condiciones fundamentales de suministro se encuentran determinadas por los poderes públicos mediante reglamentos.

Pero no siempre es así; la regulación del contenido contractual puede dejar libertad a las partes para contratar o no. Así ocurre, por ejemplo, cuando las Administraciones Públicas regulan préstamos bonificados en algunos puntos de interés, los ciudadanos pueden contratarlos o no.

Anterior
Siguiente