Instrucción de los Reyes Católicos a Nicolás de Ovando, 1501

Instrucción de los Reyes Católicos a Nicolás de Ovando, 1501

"…Procuraréis cómo los indios sean bien tratados e puedan andar seguramente por toda la tierra e nenguno los faga fuerza ni los roben, nin fagan otro mal nin dampno, poniendo para ello las penas que viéredes ser menester, e executandolas en las personas qu ́en ella fueren culpantes… Item, e porque para coger oro e facer las otras labores que Nos mandamos facer será necesario parovecharnos del servicio de los indios, compelirlos eis que trabajen en las cosas de nuestro servicio, pagando a cada uno el salario que justamente vos pareciere que debieren de aber, sigund la calidad de la tierra.”

COMENTARIO

Texto que procede de una Instrucción real enviada al gobernador de indias. Fuente jurídica inmediata, con el carácter de ley. Del año 1501. Pertenece a la segunda etapa de la formación del Derecho indiano, en la que los Reyes de Castilla revisan la primera legislación del monopolio colombiano y acometen la tarea de organizar la administración de los territorios de ultramar. Probablemente se trate de la fuente más significativa de este segundo período.

El texto hace referencia al buen trato que han de tener los indios: deben gozar de libertad de movimientos, no se les puede forzar o robar, ni hace ningún otro daño; se deben establecer penas para quienes actúen de modo contrario; deben trabajar para el servicio del rey, percibiendo un salario justo.

El trato que debe darse a los indios es un tema muy recurrente en todas las fases del desarrollo del Derecho indiano. Ello significa que constituyó uno de los puntos más problemáticos de la colonización de América. Junto a la bondad del texto que ahora se comenta, basado en el principio de igualdad de todos ante la ley y ante Dios, existen otros sumamente críticos respecto que existieron dos instituciones jurídico – sociales durante la conquista: el repartimiento que era la entrega de un grupo de indios a cada español para que trabajasen a su servicio; y la encomienda (el nombre le viene, sin duda, por analogía con la encomendación existente en el Derecho español), que era la transformación de los repartimientos, en virtud de la cual los indios entregados a cada colono se entendía que estaban bajo su protección o encomienda, debiendo el encomendero darles instrucción religiosa y teniendo el derecho a exigir de los judíos el trabajo y tributo. Las encomiendas, al menos en determinadas ocasiones y territorios, derivaron en esclavitud encubierta, y obligó en años sucesivos a establecer leyes protectoras de la población indígena, las cuales no siempre lograron alcanzar el fin que pretendían, especialmente en los territorios más alejados del poder administrativo y judicial.

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