Cartera de servicios del Sistema Nacional de Salud
Las prestaciones sanitarias del SNS están agrupadas en un “catálogo de prestaciones”. Las prestaciones del catálogo se hacen efectivas mediante una “cartera común de servicios” y una “cartera de servicios complementarios de las CCAA”.
Conforme a la LCC “la cartera común de servicios del SNS es el conjunto de técnicas, tecnologías o procedimientos, … mediante los que se hacen efectivas las prestaciones sanitarias”.
2.1.La cartera común básica de servicios asistenciales del SNS
Comprende todas las actividades asistenciales de prevención, diagnóstico, tratamiento y rehabilitación que se realicen en centros sanitarios o sociosanitarios, así como el transporte sanitario urgente, cubiertos de forma completa por financiación pública.
A)Prestaciones de salud pública
La prestación de salud pública es el conjunto de iniciativas organizadas por las Administraciones Públicas para preservar, proteger y promover la salud de la población. Es una combinación de ciencias, habilidades y actitudes, dirigidas al mantenimiento y mejora de la salud de todas las personas a través de acciones colectivas o sociales.
Comprende las siguientes actuaciones:
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Información y vigilancia en salud pública.
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Defensa de los fines y objetivos de la salud pública.
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Promoción de la salud, a través de programas intersectoriales y transversales.
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Prevención de enfermedades, discapacidades y lesiones.
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Protección de la salud.
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Protección y promoción de la sanidad ambiental.
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Protección y promoción de la seguridad alimentaria.
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Protección y promoción de la salud laboral.
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Vigilancia y control de los riesgos para la salud derivados de la importación, exportación, o tránsito de bienes y del tránsito internacional de viajeros.
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Prevención y detección precoz de las enfermedades raras, así como apoyo a los familiares.
B)Atención primaria
La atención primaria es el nivel básico e inicial de atención que garantiza la globalidad y continuidad de la atención a lo largo de toda la vida del paciente, actuando como gestor y coordinador de casos y regulador de flujos. Asimismo, engloba actividades de promoción de la salud, educación sanitaria, prevención de la enfermedad, asistencia sanitaria, mantenimiento y recuperación de la salud, así como la rehabilitación física y el trabajo social.
C)Atención especializada
La atención especializada comprende actividades asistenciales, diagnósticas, terapéuticas y de rehabilitación y cuidados, así como aquéllas de promoción de la salud, educación sanitaria y prevención de la enfermedad, cuya naturaleza aconseja que se realicen en este nivel. Garantizará la continuidad de la atención integral al paciente, una vez superadas las posibilidades de la atención primaria y hasta que aquel pueda reintegrarse en dicho nivel.
D)Atención de urgencia
La atención de urgencia se presta al paciente en los casos en que su situación clínica obliga a una atención sanitaria inmediata. Se dispensará tanto en centros sanitarios como fuera de ellos, incluyendo el domicilio del paciente, durante las 24 horas del día, mediante la atención médica y de enfermería.
E)Transporte sanitario
El transporte sanitario, que necesariamente deberá ser accesible a las personas con discapacidad, consiste en el desplazamiento de enfermos por causas exclusivamente clínicas, cuya situación les impida desplazarse en los medios ordinarios de transporte. Está cubierto con financiación pública.
2.2.La cartera común suplementaria del SNS
La cartera común suplementaria del SNS incluye todas aquellas prestaciones cuya provisión se realiza mediante dispensación ambulatoria y están sujetas a aportación del usuario. Es decir, la suplementaria comprende las prestaciones que están sujetas a aportación por parte del usuario.
A)Prestación farmacéutica
Comprende los medicamentos y productos sanitarios y el conjunto de actuaciones encaminadas a que los pacientes los reciban de forma adecuada a sus necesidades clínicas, en las dosis precisas según sus requerimientos individuales, durante el período de tiempo adecuado y al menor coste posible para ellos y la comunidad.
B)Prestación ortoprotésica
Consiste en la utilización de productos sanitarios, implantables o no, cuya finalidad es sustituir total o parcialmente una estructura corporal, o bien de modificar, corregir o facilitar su función.
C)Productos dietéticos
Comprende la dispensación de los tratamientos dietoterápicos a las personas que padezcan determinados trastornos metabólicos congénitos, la nutrición enteral domiciliaria para pacientes a los que no es posible cubrir sus necesidades nutricionales, a causa de su situación clínica, con alimentos de uso ordinario.
D)Transporte sanitario no urgente
El transporte sanitario no urgente, está sujeto a prescripción facultativa, por razones clínicas y con un nivel de aportación del usuario acorde al determinado para la prestación farmacéutica.
2.3.La cartera común de servicios accesorios del SNS
Incluye todas aquellas actividades, servicios o técnicas, sin carácter de prestación, que no se consideran esenciales y/o que son coadyuvantes o de apoyo para la mejora de una patología de carácter crónico, estando sujetas a aportación y/o reembolso por parte del usuario.
2.4. Carteras de servicios de las Comunidades Autónomas
Las Comunidades Autónomas, en el ámbito de sus competencias, podrán aprobar sus respectivas carteras de servicios que incluirán, cuando menos, la cartera común de servicios del SNS en sus modalidades básica de servicios asistenciales, suplementaria y de servicios accesorios, garantizándose a todos los usuarios del mismo. Es decir, esta cartera complementa la cartera común de servicios establecida por el Estado.