P
P
Pacta
Pacto.
Pacta feodo litis
Pacto por el cual el abogado asume a su cargo los gastos del juicio participando, caso de vencer, con una cuota de lo que se obtenga.
Pacta sunt servanda
Pactum
Acuerdo de voluntades que se añade a un contrato con el fin de regular algunos aspectos de su contenido.
Pactum fiduciae
Pacto entre el acreedor y el deudor mediante el que el acreedor que había recibido la propiedad de una cosa dada en garantía se comprometía a devolverla en el momento en que la deuda fuera satisfecha.
Pactum usurae
Par conditio creditorum
Concurrencia de los acreedores en situación de igualdad.
Paterna paternis, materna maternis
Los bienes del padre deben ir a los parientes de la línea paterna; y los de la madre, a la línea materna.
Patria potestas
Peccata minuta
Error o falta leve. Pecado menor.
Peculium
Pecunia traiecticia
Per accidens
Accidentalmente. Dicho sea de paso.
Per fas et per nefas
Por una cosa o por otra. De grado o por fuerza. Por bien o por mal.
Per se
Por sí mismo.
Per secula seculorum
Por los siglos de los siglos.
Perceptio
Apropiación de los frutos a través de la aprehensión efectiva con intención de poseer.
Peregrini
Periculum
Permutatio
Permuta, los juristas proculeyanos consideraron la permuta (permutatio) como un contrato especial, consistente en el cambio de dos cosas, que se perfecciona por la dación o entrega de una de ellas.
Perpetua causa servitutis
Continuidad, perpetuidad de la servidumbre o estado ininterrumpido.
Perpetuatio obligationis
Permanencia de la obligación tras su vencimiento e incumplimiento. Es uno de los efectos de la mora debitoris, aunque el objeto debido se extinga o desaparezca.
Pignus
Pignus conventum
También llamado hipoteca, se trata de un convenio en el cual la cosa pignorada queda en poder del deudor pignorante y se considera vinculada al cumplimiento de la obligación.
Pignus gordianum
Extinguida la prenda por el cumplimiento de la obligación garantizada, el acreedor podrá retener la posesión de la cosa que le fue pignorada en garantía del cumplimiento de otra deuda del mismo deudor.
Plus minusve
Más o menos.
Poena clause
Cláusula penal. En la estipulación penal se trata de añadir una nueva promesa estipulatoria, que tenga por objeto el pago de una cierta cantidad de dinero que se condiciona al cumplimiento de la obligación anterior. Si el deudor cumple, no produce efectos la segunda obligación; si no cumple, debe pagar la pena.
Poenalia sunt restrigenda
Las leyes penales deben ser interpretadas con criterio estricto, de forma restrictiva, y en caso de duda, siempre a favor del reo.
Possessio
Posesión. En ocasiones, basta para mantener la posesión de la cosa la intención de recuperarla. Es lo que se conoce como posesión por el ánimo, en la que se carece de “corpus”, o contacto físico con la cosa.
Possessio ad usucapionem
Postulatio actionis
Acto por el cual el demandante pide ejercitar una actio concreta al magistrado en la fase in iure del proceso formulario.
Potestas
Praeiudicium
Preliminares al juicio a través de los que se intentaba clarificar, determinar, o conocer una serie de datos concretos a los que atenerse para posteriores actos.
Praescriptio
Prescripción. Modos: longi temporis, longisimi temporis.
Parte accesoria de las fórmulas procesales que se incluye al principio a petición de una o de ambas partes para poner en conocimiento del iudex un punto determinado del litigio en cuestión, con el fin de beneficiar a una u otra, siendo llamadas dependiendo de ello pro actores o pro reo.
Praeter legem
Costumbre ultralegal.
Praetoria possessio
Precarium
Prelegatum dotis
El prelegado es un legado a favor del heredero. Un prelegado a favor de un único heredero no es eficaz, según la regla que dice “inútilmente se lega a un heredero a cargo de él mismo”. Cabe que el objeto del prelegado lo constituyan los bienes de la dote.
Pretium
Precio, los sabinianos sostenían que cualquier cosa servía de precio, los proculeyanos afirmaban que no existía venta sin dinero.
Justiniano acogió la doctrina proculeyana.
Pretium doloris
El precio del dolor. Indemnización económica correspondiente al perjudicado de un delito o falta por el sufrimiento físico junto a otros resarcimientos materiales o económicos.
Prima facie
Aparentemente. A primera vista, en principio. Se aplica a la apariencia de un derecho o situación pero sin prejuzgar el resultado del pleito.
Prior tempore potior iure
El primero tiene derecho preferente. El primero en el tiempo tiene mejor derecho.
Privilegium
Privilegio. Prerrogativa. Disposición jurídica dirigida a un particular con carácter perjudicial o favorable para éste, según el caso.
Pro actione
El principio pro actione alude a la posibilidad de realizar un acto sin rigorismos ni formalismos excesivos.
Pro herede gestio
Pro indiviso
Pro legatario gestio
Gestión de los bienes como legatario: supone, pues, la realización de cualquier conducta, en relación con el legado, de la que pueda derivarse la voluntad de aceptar.
Pro reo
Ante la duda de la tipicidad o no de un hecho, o de aplicación de dos o más preceptos penales, hay que pronunciarse escogiendo lo más favorable al acusado.
Promissio dotis
Stipulatio realizada por el futuro marido y la persona que constituye la dote para determinar su constitución en la promesa de matrimonio.
Proprietas
Propter nuptias
Por razón de matrimonio. Por la boda.