Horarios de examen Derecho UNED Junio 2020

Horarios de examen de la Facultad de Derecho de la UNED para la convocatoria de Junio del año 2020.
Diferencias entre arbitraje, conciliación, negociación y mediación

El arbitraje, la conciliación, la negociación y la mediación son términos que a menudo se tienden a confundir, utilizándolos de forma superpuesta para referirse entre ellos, este artículo explica sus diferencias.
Cómo se designan los árbitros del procedimiento?

La designación de los árbitros se configura como la potestad que tienen las partes, en base al principio básico de autonomía de la voluntad, que prima en el arbitraje, de nombrar al árbitro o árbitros que van a dirimir las controversias sometidas a arbitraje.
Antecedentes históricos de la Mediación

A lo largo de la historia se ha evidenciado la presencia del conflicto como una constante en el comportamiento de nuestra especie. Este artículo explica los antecedentes históricos de la mediación como opción alternativa de solución de conflictos.
Diferencias entre dación en pago y cesión de bienes para pago

Las figuras de la dación en pago y la cesión de bienes para pago son muy frecuentes en la práctica negocial, pese a su falta de regulación expresa por nuestro Código Civil.
Diferencias entre obligación genérica y obligación específica

Atendiendo a la naturaleza de la prestación de las obligaciones de dar, es necesario distinguir entre obligación genérica y obligación específica.
Diferencias entre obligaciones civiles y obligaciones naturales

Tradicionalmente se ha presentado una contraposición entre las obligaciones civiles y las obligaciones naturales.
Diferencias entre derechos reales y derechos de crédito

Vamos a analizar las diferencias entre los derechos reales y los derechos de crédito, también denominados derechos personales en contraposición a los derechos reales.
Diferencias entre hecho, acto y negocio jurídicos

La relación jurídica puede nacer a consecuencia del acaecimiento de un simple hecho, en virtud de un acto humano o como derivación de un acuerdo o pacto celebrado entre personas con capacidad suficiente para obligarse a prestar y observar una determinada conducta.
Diferencias entre cosas y bienes

El estudio de las cosas sólo encuentra fundamento en consideraciones de orden sistemático y didáctico.
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