Arrha

Arra, garantía, prenda o señal. Cantidad de dinero o de cosas entregadas como garantía del cumplimiento de lo pactado. En Derecho clásico se consideraba como un medio de prueba de la perfección del contrato, especialmente de la compraventa (argumentum emptionis contractae). En Oriente tenía el carácter de pena por el incumplimiento, de forma que la parte que desistía del contrato perdía las arras.

Clases:

  1. Arras penitenciales: Justiniano conserva el régimen clásico especialmente de las arras, pero deja como alternativa a los contratantes el pactar arras penitenciales. En este caso si el que había dado las arras incumplía el contrato las perdía y el que las había recibido debía restituirlas dobladas.

  2. Arras sponsalitiae. Arras entregadas en los esponsales (sponsalia), siguiendo una costumbre oriental que se introduce en el Derecho postclásico, como garantía de la promesa de matrimonio.

Si el novio incumplía el compromiso perdía la cantidad entregada, y si la incumplía la esposa debía devolver el doble o el cuádruplo.

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